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Calculadora de ITP 2026: cuánto pagas al comprar una vivienda usada

Actualizado el 24 de octubre de 2026

Respuesta rápida: Al comprar una vivienda usada pagas el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): entre el 6 % y el 13 % según la comunidad autónoma y el precio, con tipos reducidos para jóvenes, familias numerosas o vivienda habitual. Se calcula sobre el mayor entre el precio escriturado y el valor de referencia del Catastro.

¿Cómo se calcula el ITP?

La base imponible es el mayor entre el precio que firmas en la escritura y el valor de referencia que fija el Catastro para ese inmueble (art. 10 del Texto Refundido del ITP, en la redacción de la Ley 11/2021). Sobre esa base se aplica el tipo de tu comunidad autónoma, que puede ser:

El ITP se paga en los 30 días hábiles siguientes a la escritura, con el modelo 600 de tu comunidad.

¿Qué tipo de ITP se paga en cada comunidad en 2026?

ComunidadTipo generalTipos reducidos principales
Andalucía7 %Vivienda habitual hasta 150.000 €; Menor de 35 años; Familia numerosa o discapacidad
Aragón8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 € · 9 % hasta 500.000 € · 9,5 % hasta 750.000 € · 10 % en el restoBonificación 12,5 % (menor de 35, discapacidad ≥ 65 %…); Familia numerosa (bonificación 50 %)
Asturias8 % si vale ≤ 300.000 € · 9 % si vale ≤ 500.000 € · 10 % si vale másJoven ≤ 35, familia numerosa o monoparental, zona rural…
Illes Balears8 % hasta 400.000 € · 9 % hasta 600.000 € · 10 % hasta 1.000.000 € · 12 % hasta 2.000.000 € · 13 % en el restoVivienda habitual; Primera vivienda de menor de 36 o con discapacidad
Canarias6,5 %Vivienda habitual hasta 200.000 €; Familia numerosa; Discapacidad ≥ 65 % o familia monoparental
Cantabria9 %Vivienda habitual; Menor de 40, familia numerosa, monoparental, VPP o municipio en riesgo de despoblación; Discapacidad ≥ 65 %
Castilla y León8 % hasta 250.000 € · 10 % en el restoFamilia numerosa, discapacidad ≥ 65 %, menores de 36 o VPP; Menor de 36 en municipio pequeño
Castilla-La Mancha9 %Primera vivienda habitual con hipoteca; Familia numerosa, monoparental o discapacidad ≥ 65 %; Menor de 36 años
Cataluña10 % hasta 600.000 € · 11 % hasta 900.000 € · 12 % hasta 1.500.000 € · 13 % en el restoJoven ≤ 35 años; Familia numerosa o monoparental; Discapacidad
Comunitat Valenciana9 % si vale ≤ 1.000.000 € · 11 % si vale másPrimera vivienda habitual de menor de 35; Familia numerosa o monoparental; Discapacidad ≥ 65 %
Extremadura8 % hasta 360.000 € · 10 % hasta 600.000 € · 11 % en el restoVivienda habitual; Menor de 36, familia numerosa o discapacidad ≥ 65 %; Municipio de menos de 3.000 habitantes
Galicia8 %Vivienda habitual; Menor de 36 años; Familia numerosa o discapacidad ≥ 65 %
Madrid6 %Vivienda habitual hasta 250.000 € (bonificación 10 %); Familia numerosa; Menor de 35 en municipio < 2.500 hab.
Región de Murcia7,75 %Menor de 40 años; Primera vivienda de familia numerosa; Discapacidad ≥ 65 %
La Rioja7 %Primera vivienda de menor de 40; Familia numerosa; Discapacidad ≥ 33 %
Ceuta3 %—
Melilla3 %—

Fuente: Ministerio de Hacienda, «Tributación Autonómica. Medidas 2026» (actualizado el 23-09-2026). País Vasco y Navarra tienen régimen foral y no se incluyen.

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Preguntas frecuentes

¿El ITP se paga sobre el precio o sobre el valor de referencia?

Sobre el mayor de los dos. Si el valor de referencia del Catastro supera el precio escriturado, tributas por el valor de referencia.

¿Quién paga el ITP, el comprador o el vendedor?

El comprador.

¿La vivienda nueva paga ITP?

No. La primera entrega de una vivienda nueva paga IVA (10 %) y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, no ITP.

Cálculo orientativo con la normativa vigente a la fecha indicada. No sustituye el asesoramiento de un profesional.